MEMORÁNDUM PARA EL SECRETARIO DE DEFENSA
EL PROCURADOR GENERAL
LA SECRETARIA DE SEGURIDAD NACIONAL
ASUNTO: Protección la frontera sur de los Estados Unidos
1. La seguridad de los Estados Unidos se ve amenazada por una oleada drástica de actividades ilegales al sur de la frontera. Grandes cantidades de fentanilo, opioides y otras drogas peligrosas e ilícitas fluyen a través de nuestra frontera sur hacia el país a niveles sin precedentes, destruyendo las vidas de nuestras familias y seres queridos. La Mara Salvatrucha (MS-13) y otras bandas transnacionales letales están utilizando sistemáticamente las debilidades de nuestra frontera sur para ingresar a al país y desarrollar su capacidad operativa en comunidades estadounidenses de todo el país. El previsto aumento de los cruces ilegales a medida que nos acercamos a los meses de primavera y verano amenaza con desbordar las capacidades de aplicación de la ley de nuestra nación.
2. La combinación de drogas ilegales, actividad peligrosa de pandillas e inmigración ilegal extensa no solo amenaza nuestra seguridad, sino que también socava el Estado de Derecho. La forma de vida estadounidense depende de nuestra capacidad como nación para hacer cumplir las leyes de manera adecuada y efectiva y proteger nuestras fronteras. Un atributo clave e innegable de una nación soberana es su capacidad de controlar quién y qué entra dentro de su territorio.
3. Nuestros profesionales y dedicados agentes de Aduana, oficiales de Inmigración y Control de Aduanas de los EE. UU. y agentes de Protección Fronteriza de EE. UU., y otros agentes del orden público federales, estatales y locales trabajan incansablemente para defender nuestra patria contra estas amenazas. Arriesgan sus vidas diariamente para proteger a la gente de este país. El suyo es un testimonio de dedicación y sacrificio, que merece el apoyo inquebrantable de todo el Gobierno de los Estados Unidos.
4. La situación en la frontera ha llegado a un punto de crisis. La anarquía que continúa en el sur de nuestra frontera es fundamentalmente incompatible con nuestra seguridad y la soberanía del pueblo estadounidense. Por lo que mi Administración no tiene más remedio que actuar.
5. El Departamento de Defensa actualmente ayuda a otras naciones en muchos aspectos, incluida la asistencia en la seguridad fronteriza, pero el deber soberano más elevado del Presidente es defender a la nación, lo que incluye la defensa de nuestras fronteras.
6. El Presidente puede asignar una misión al Secretario de Defensa para apoyar las operaciones del Departamento de Seguridad Nacional en la seguridad de nuestra frontera sur, incluso solicitando el uso de la Guardia Nacional, y tomar otras medidas necesarias para detener el flujo de drogas mortales y otros contrabandos, pandilleros, delincuentes, y extranjeros ilegales en el país. El Secretario de Defensa puede usar todas las autoridades disponibles según corresponda, incluido el uso de las fuerzas de la Guardia Nacional, para cumplir esta misión. Durante las administraciones de los presidentes George W. Bush y Barack Obama, la Guardia Nacional brindó apoyo a los esfuerzos para asegurar nuestra frontera sur. La crisis en nuestra frontera sur una vez más requiere que la Guardia Nacional ayude a asegurarla y de esa forma proteger a nuestra patria.
Por lo tanto, por la autoridad conferida a mí como Presidente por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos, incluida la sección 502 del título 32 del Código de los Estados Unidos y la sección 301 del título III del Código de los Estados Unidos, dirijo lo siguiente:
Sección 1. El Secretario de Defensa apoyará al Departamento de Seguridad Nacional para asegurar la frontera sur y tomar otras medidas necesarias para detener el flujo de drogas mortales y otros contrabandistas, miembros de pandillas y otros delincuentes y extranjeros ilegales a este país. El Secretario de Defensa solicitará el uso de personal de la Guardia Nacional para ayudar en el cumplimiento de esta misión, de conformidad con la sección 502 del título 32 del Código de los Estados Unidos, y podrá utilizar otras autoridades según corresponda y de conformidad con la legislación aplicable.
Segundo. 2. El Secretario de Seguridad Nacional trabajará con el Secretario de Defensa para proporcionar cualquier entrenamiento o instrucción necesaria para cualquier personal militar, incluidas las unidades de la Guardia Nacional, para apoyar efectivamente al personal del Departamento de Seguridad Nacional en la seguridad de la frontera.
Segundo. 3. El Secretario de Defensa y el Secretario de Seguridad Nacional, en coordinación con el Fiscal General, están dirigidos a determinar qué otros recursos y acciones son necesarios para proteger nuestra frontera sur, incluida la aplicación de la ley federal y los recursos militares de los Estados Unidos. Dentro de los 30 días posteriores a la fecha de este memorándum, el Secretario de Defensa y el Secretario de Seguridad Nacional, en coordinación con el Fiscal General, presentarán al Presidente un informe detallando sus hallazgos y un plan de acción, incluyendo recomendaciones específicas sobre cualesquiera otras autoridades ejecutivas que deberían invocarse para defender la frontera y la seguridad de los Estados Unidos.
Segundo. 4. Cualquier disposición de cualquier proclamación previa, memorando u orden ejecutiva que sea inconsistente con las acciones tomadas en este memorándum queda reemplazada en la medida de tal inconsistencia.
Segundo. 5. (a) Nada en este memorándum se interpretará para perjudicar o afectar de otro modo:
(i) la autoridad otorgada por la ley a un departamento o agencia ejecutiva, o la cabecera de la misma; o
(ii) las funciones del Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.
(b) Este memorando se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeto a la disponibilidad de asignaciones.
(c) Este memorándum no tiene la intención, y no crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por cualquier parte contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados, o agentes, o cualquier otra persona.
DONALD J. TRUMP